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 INSPECCIÓN DE ASCENSORES

El IVAC está acreditado por la Consellería de Industria de la Comunidad Valenciana y por la Junta de Extremadura para actuar como “organismo de control autorizado” para realizar la inspección reglamentaria de ascensores, tanto en la Comunidad Valenciana como en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La inspección reglamentaria de ascensores garantiza el correcto funcionamiento de todas las medidas de seguridad en ascensores . Es algo similar a la ITV de los automóviles.

La inspección corresponde contratarla al propietario del ascensor y es una actividad complementaria al mantenimiento periódico (preventivo o correctivo) que puedan realizar las empresas dedicadas a la instalación y mantenimiento de los ascensores y debe ser realizar por entidades autorizadas por la Consellería de Industria.

Todos los ascensores, una vez instalados, y con independencia del mantenimiento que se realice, deben ser inspeccionados con la siguiente periodicidad:

    - en edificios de usos industriales o locales de pública concurrencia: cada 2 años
    - en edificios de más de 20 viviendas o con más de 4 plantas: cada 4 años
    - Resto de ascensores: cada 6 años

    - Es igualmente exigible la inspección de ascensores cuando se produce un cambio de la empresa de mantenimiento del ascensor.

Dirección IVAC en Extremadura:
  • Oficina de Badajoz (Delegación):
    • Dirección:  Avda. Sinforiano Madroñero, 38
    • 06011 BADAJOZ
    • Tel: 678 64 20 50
    • Fax: 924 10 18 90


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Solicitar la inspección reglamentaria de ascensores

Condiciones generales de inspección

Dossier IVAC-ENTIDAD DE INSPECCIÓN




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